La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó hoy –jueves 23 de febrero– el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia dictada el pasado 12 de enero, y rectificada el 13 de enero, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó a Ricardo Antonio Caballero Velásquez como autor del delito de robo con violencia con resultado de lesiones graves. Ilícito perpetrado en julio de 2013.
En fallo unánime (causa rol 5-2017), el tribunal de alzada –integrado por los ministros Alicia Araneda, Luis Sepúlveda y Pedro Castro- confirmó la resolución recurrida que aplicó, además, a Caballero Velásquez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
“(…) se aprecia que el Tribunal efectúa una exposición clara, lógica y completa de los hechos que estimó probados y de los medios de prueba que condujeron a tal determinación, efectuando valoración de todos los medios de prueba aportados en juicio, tanto por el ente persecutor como por la defensa, por lo que no se visualiza el vicio de nulidad alegado por la defensa”, sostiene el fallo.
“(…) se RECHAZA, sin costas el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Aldo Basqueé Cid, en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha 12 de Enero y rectificada el 13 de Enero de 2017, por la sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, conforme la cual se condenó a Ricardo Antonio Caballero Velásquez como autor del delito de robo con violencia con resultado de lesiones graves, y en consecuencia, tanto el juicio oral como la sentencia que recayó en el mismo NO SON NULOS”, concluye.