Corte de Coyhaique confirma condenas de 13 años de presidio para autores del delito de homicidio en Puerto Aysén.

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La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó –el viernes 9 de junio recién pasado– el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral de la ciudad, que condenó a Gabriel Elías Vidal Lagos y Jonathan Alberto Aguilar Lepío a las penas efectivas de 13 años de presidio, como autores del delito de homicidio simple de Valerio Cartes Bustos. Ilícito perpetrado el 3 de abril de 2016, en la comuna de Puerto Aysén.

En fallo unánime (causa rol 50-2017), el tribunal de alzada –integrado por los ministros Luis Sepúlveda, Sergio Mora y Alicia Araneda– confirmó la resolución recurrida que aplicó, además, a ambos condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

“(…) se declara SIN LUGAR Y SE RECHAZA, el recurso de nulidad deducido por don Ricardo Flores Tapia, Abogado, Defensor Penal Público, en representación de los condenados Gabriel Elías Vidal Lagos y Jonathan Alberto Aguilar Lepio, en contra de la sentencia definitiva de fecha 29 de abril de 2017, por la cual se condenó a los acusados Gabriel Elías Vidal Lagos, y a Jonathan Alberto Aguilar Lepío, a cada uno, a la pena de trece años de presidio mayor en su grado medio, por su responsabilidad en calidad de autores del delito de homicidio simple, en grado de consumado, cometido en contra de Valerio Francisco Cartes Bustos, el día 3 de abril de 2016, en la comuna de Puerto Aysén, la que, en consecuencia, no es nula (…)”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “(…) para resolver adecuadamente el recurso, cabe reproducir, en esta parte, los hechos que fueron determinados y se tuvieron por acreditados por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, que aparecen consignados en la reflexión Sexta del fallo, donde se señala que apreciados los elementos de prueba, el Tribunal adquirió la convicción que se encuentra acreditado, fuera de toda duda razonable y sin contradecir los principios de la lógica, los conocimiento científicamente afianzados y las máximas de la experiencia el siguiente hecho: “Que en horas de la noche del 03 de Abril del año 2016, los acusados, en compañía de un tercero, concurrieron a la casa de la víctima, Valerio Francisco Cartes Bustos, ubicada en el sector “Antena” de la ribera sur de Puerto Aysén, y entraron a ella, agrediéndolo con armas cortantes, escapando la víctima de la casa, falleciendo en un lugar cercano al domicilio”.

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