La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó hoy –viernes 11 de agosto– el recurso de apelación presentado por la defensa y ordenó mantener la medida cautelar de prisión preventiva de Boris Ernesto Castro Cofré y Eduardo Enrique Silva Barría, imputados por el Ministerio Público como autores del delito de almacenamiento de material pornográfico infantil. Ilícito que habrían perpetrado en las comunas de Puerto Aysén y Coyhaique.
En fallo dividido (causa rol 82-2017), el tribunal de alzada –integrado por el ministro Luis Sepúlveda, el fiscal judicial Gerardo Rojas y el abogado (i) Luis Contreras– confirmó la resolución recurrida, dictada el pasado viernes 4 de agosto por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
(…) estimándose que la medida cautelar de prisión preventiva que decretó la juez de garantía, mediante la resolución apelada, aparece proporcionada en relación al ilícito por el que se ha formalizado a los imputados Boris Ernesto Castro Cofré y Eduardo Enrique Silva Barría, considerando, especialmente, la naturaleza y carácter del delito de almacenamiento de material pornográfico infantil, la forma de comisión, y habiéndose, además, reunido antecedentes que acreditan, hasta ahora, la existencia de dicho ilícito y la participación de los mencionados imputados, motivos por los cuales la libertad de éstos resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, atendido lo dispuesto en los artículos 122 y 140 Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de 4 de agosto de 2017, en cuanto por ella se decretó la medida cautelar de prisión preventiva, en contra de los imputados Boris Ernesto Castro Cofré Y Eduardo Enrique Silva Barría”, sostiene el fallo.
Decisión adoptada con el voto en contra del fiscal judicial, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada.