El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Felipe Osvaldo Alvarado Domínguez a la pena de cumplimiento efectivo de 14 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa 83-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Florentina Rezuc (presidenta), Ana María Baría y Pablo Freire (redactor)– aplicó, además, a Alvarado Domínguez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
En la causa, el tribunal decretó la absolución de Matías Ignacio Coliagüe Sepúlveda y Romina Maricel Echeverría Ramírez de la acusación fiscal deducida en su contra, que les imputó responsabilidad, como coautores del delito; a los acusados Christopher Alejandro Águila Sánchez y Franco Esteban Oyarzo Álvarez, en calidad de encubridores, y de Águila Sánchez, de responsabilidad, en calidad de autor de tráfico de drogas, supuestamente cometido el 19 de octubre de 2023, en Coyhaique.
El tribunal, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 28 de enero de 2023, los acusados Felipe Osvaldo Alvarado Domínguez, Matías Ignacio Coliagüe Sepúlveda y Romina Maricel Echeverría Ramírez y un tercero, Diego Avendaño Villaseca, concurrieron a la ciudad de Puerto Aysén, en el vehículo marca Nissan, modelo Juke, a un evento musical.
En dicho contexto, al día siguiente, 29 de enero de 2023, alrededor de las 02:00 horas, los acusados concurrieron en el automóvil Nissan, al servicentro Copec, ubicado en calle Ogana, comuna de Coyhaique, lugar al cual llegó la víctima, Juan Luis Andrés Gallardo Cortés con unos amigos, a bordo de un vehículo marca Ssangyong, modelo Rexton. Al momento en que la víctima con sus amigos se bajaron del vehículo y, sin mediar provocación alguna, Alvarado Domínguez extrajo un arma de fuego y, a una distancia cercana, percutó al menos tres disparos en dirección al lugar en que se encontraba la Gallardo Cortés, quien falleció a consecuencia de un shock hipovolémico secundario a hemoperitoneo con sección de las venas porta hepática y cava, derivado de un traumatismo abdominal por proyectil balístico.
Tras el ataque, el conductor Avendaño Villaseca huyó del lugar manejando el vehículo Nissan, en el cual también iban Alvarado Domínguez, Coliagüe Sepúlveda y Echeverría Ramírez. Posteriormente, y con el fin de ocultar la evidencia que pudiera recabarse desde el vehículo utilizado, Avendaño Villaseca acordó con un tercero limpiar el automóvil con el objetivo de borrar los eventuales rastro de pólvora u otras evidencias que pudieran incriminar al grupo en el ilícito.