Con la entrada en vigencia de la Ley NĀ°21.527, que crea el Servicio Nacional de ReinserciĆ³n Social Juvenil y que inicia su implementaciĆ³n en nuestra regiĆ³n el 13 de enero de 2025, es que actualmente se encuentra abierto el proceso de postulaciĆ³n para mediador/a penal juvenil acreditado/a en la macrozona sur, siendo una innovaciĆ³n y complemento a la justicia procesal penal y favoreciendo la utilizaciĆ³n de alternativas al juicio oral. ā
Dicha convocatoria se mantendrĆ” abierta hasta el 6 de diciembre prĆ³ximo, y busca acreditar a personas naturales que quieran colaborar, ejecutando el programa de MediaciĆ³n Penal Juvenil y el componente de mediaciĆ³n del programa Servicios en Beneficio a la Comunidad y ReparaciĆ³n del DaƱo.
El seremi de Justicia y Derechos Humanos Samuel Navarro Castro explicĆ³ que āhay una convocatoria abierta para la inscripciĆ³n de mediadores para el nuevo servicio de reinserciĆ³n social juvenil cuya labor fundamentalmente va a estar abocada a este aspecto que cambia la ley que se refiere a la mediaciĆ³n penal en el Ć”mbito de la justicia juvenil, la idea es que puedan participar aquellas personas que cumplan con los requisitos que exige el Consejo de EstĆ”ndares y AcreditaciĆ³n que tambiĆ©n tiene la nueva institucionalidad y esta apertura de postulaciones estarĆ” abierta hasta el prĆ³ximo 6 de diciembre, no olvidar que la nueva institucionalidad comienza el 13 de enero en toda la macrozona sur desde el Maule hasta Magallanes, ahora los interesado pueden hacer consultas en el enlace www.reinserciĆ³njuvenil.gob.cl, la convocatoria es para personas naturales y esperamos que puedan tener Ć©xito en esta postulaciĆ³n a esta importante funciĆ³n en el marco del nuevo servicio de reinserciĆ³n social juvenilā.
Ahora, dentro de los requisitos para postular figuran: tĆtulo profesional de una carrera universitaria de a lo menos ocho semestres de duraciĆ³n, reconocida por el Estado; acreditar formaciĆ³n especializada en mediaciĆ³n; acreditar formaciĆ³n en materias de infancia, adolescencia, victimologĆa, proceso penal juvenil y/o justicia restaurativa; no haber sido condenada/o por crimen o simple delito, por maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar; no encontrarse afecta/o a las incompatibilidades e inhabilidades indicadas en el artĆculo 36 de la Ley NĀ°21.527; cumplir con los estĆ”ndares para personas naturales aprobados mediante ResoluciĆ³n Exenta NĀ°039/2023 del Servicio Nacional de ReinserciĆ³n Social Juvenil.
Finalmente, seƱalar que los mediadores pĆŗblicos deberĆ”n cumplir con los requisitos legales para ser contratados y con los estĆ”ndares para personas naturales que son aprobados por el Consejo de EstĆ”ndares y AcreditaciĆ³n (CEA). Dicha acreditaciĆ³n tiene una vigencia de tres aƱos, renovable por igual periodo, siempre que se mantenga el cumplimiento de los estĆ”ndares definidos para tal efecto. Quienes lo deseen y cumplan con lo dispuesto por ley, podrĆ”n solicitar su reacreditaciĆ³n.